Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130705-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

157
Procedimiento ordinario 399 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 399 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Carlos Sopeña Mazo, frente a “Grupo Cinco Compañía Integral Construcción, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Carlos Sopeña Mazo, de una parte, y de otra, como demandados, “Grupo Cinco Compañía Integral Construcción, Sociedad Limitada” (en concurso), y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 4.074,28 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma de la sentencia a “Grupo Cinco Compañía Integral Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.825/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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