Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
02-07-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130702-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2

210
Procedimiento 1.146 de 2012

EDICTO

Don Manuel J. Marín Madrazo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.146 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Jesús González Serrano, contra las empresas “Publicaciones Regionales, Sociedad Anónima”, “Universal Europa de Publicaciones, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 118 de 2013

En Salamanca, a 2 de abril de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Salamanca, doña María Rosario Alonso Herrero, los presentes autos número 1.146 de 2012, seguidos a instancias de don Manuel Jesús González Serrano, como demandante, representado por el letrado don Miguel Ángel Fiz Fernández, contra las empresas “Publicaciones Regionales, Sociedad Anónima”, y “Universal Europa de Publicaciones, Sociedad Anónima”, no comparecidas en autos, y Fondo de Garantía Salarial, representado por el letrado don Agustín Blanco Ledesma, como demandados, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Manuel Jesús González Serrano, contra las empresas “Publicaciones Regionales, Sociedad Anónima”, “Universal Europa de Publicaciones, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a “Publicaciones Regionales, Sociedad Anónima”, a abonar al actor la cantidad de 14.328 euros, más el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia y con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en los términos legalmente establecidos. Debo absolver a “Universal Europa de Publicaciones, Sociedad Anónima”, de las pretensiones deducidas frente a ella.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el que deberá ser presentado ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación de comparecencia o por escrito.

Si la recurrente fuera la empresa demandada deberá consignar el importe de la condena en “Banesto”, de esta capital, cuenta número 3704/0000/65/1146/12, y depositar la cantidad de 300 euros en la referida cuenta, presentando los resguardos en este Juzgado en el momento del anuncio, pudiendo sustituirse el primero de los depósitos mencionados por aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuarse, en su caso, los depósitos separada y acreditarse por resguardos diferentes.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Universal Europa de Publicaciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 3 de junio de 2013.—El secretario judicial, Manuel Marín Madrazo.

(03/19.302/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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