Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2013

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130701-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

1
DECRETO 53/2013, de 20 de junio, del Consejo de Gobierno, de creación y reorganización de escuelas de Educación Infantil y colegios de Educación Infantil y Primaria para el curso escolar 2013-2024 en los municipios de Madrid, Alcalá de Henares, Aranjuez, Coslada, Leganés, Torrejón de la Calzada y Venturada, y de aprobación de nueva denominación específica para un colegio de Educación Infantil y Primaria, y de aprobación de la denominación “Margaret Thatcher” para el colegio de Educación Infantil y Primaria del Distrito de Barajas.

La Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, establece, en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo como consecuencia del aumento de la población escolar en determinadas localidades o zonas hace necesario que la Administración Educativa lleve a cabo la puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria.

Junto a la creación de nuevos colegios, el presente Decreto acoge otras fórmulas de constitución de centros que permiten utilizar con mayor eficiencia los recursos disponibles, aplicando criterios racionales de organización y funcionamiento, allí donde las peculiaridades de sus instalaciones y la distribución del alumnado lo hagan conveniente. De este modo, con el objetivo de lograr una mejora en el aprovechamiento y uso de los recursos disponibles, se procede también a la fusión, integración o desdoble, según cada caso, de colegios situados en zonas donde la programación educativa así lo recomienda, garantizándose los niveles óptimos de calidad educativa para la totalidad del alumnado de dichos centros, y liberándose así instalaciones y espacios para otros usos.

De acuerdo con lo establecida en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y el artículo 2 del Real Decreto 82/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Por otra parte, el artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, dispone que todos los centros docentes tendrán una denominación específica, además de la denominación genérica correspondiente a las enseñanzas que impartan.

El Decreto 40/2012, de 1 de marzo, por el que se regula la denominación específica de los centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid, determina en su artículo 2 que en el caso de los centros docentes públicos esa denominación será aprobada por el Consejo de Gobierno.

En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificada por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, previa deliberación en su reunión del día 20 de junio de 2013,

DISPONE

Artículo 1

Creación de centros

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Margaret Thatcher”, código 28074578, situado en la calle Playa de Barlovento, sin número, con vuelta a la calle Valhondo, en el Distrito municipal de Barajas, de la localidad de Madrid.

2. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Alicia de Larrocha”, código 28074581, situado en la calle Río Guadarrama, número 5, en la localidad de Alcalá de Henares, por fusión de los colegios de Educación Infantil y Primaria “Zulema”, código 28030332, y “Henares”, código 28030356, de la misma localidad.

3. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Alfredo Landa”, código 28074591, situado en la avenida de Lisboa, número 9, en la localidad de Coslada, por fusión de los colegios de Educación Infantil y Primaria “Virgen del Amor Hermoso”, código 28002555, y “Pío Baroja”, código 28029731, de la misma localidad.

4. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Antoni Tapies”, código 28074608, situado en la calle Venezuela, número 12, en la localidad de Coslada, por fusión de los colegios de Educación Infantil y Primaria “Hermanos Machado”, código 28028349, y “Agapito Marazuela”, código 28039748, de la misma localidad.

5. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Abad y Harija” de Torrejón de la Calzada, código 28073896, situado en la calle Gabriel Cisneros, sin número, en la localidad de Torrejón de la Calzada, por desdoble del colegio de Educación Infantil y Primaria “San José”, código 28025075, de la misma localidad.

6. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria “Puerta de la Sierra”, código 28073872, situado en la calle Placer de Ver, sin número, en la localidad de Venturada, por desdoble del Colegio Rural Agrupado, código 28067537, con sede hasta ahora en esta localidad.

La nueva sede de Colegio Rural Agrupado resultante, después del desglose de la localidad de Venturada, se establece en la localidad de Cabanillas de la Sierra, con domicilio en la avenida de Los Arrieros, número 2.

Artículo 2

Integración de centros

1. Se aprueba la integración del colegio de Educación Infantil y Primaria “Enrique Granados”, código 28031105, de Madrid, Distrito Fuencarral-El Pardo, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “República del Paraguay”, código 28006184, situado en la calle de Manresa, número 60, de la misma localidad y Distrito.

2. Se aprueba la integración del colegio de Educación Infantil y Primaria “Nicolás Salmerón”, código 28004825, de Madrid, Distrito Chamartín, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “Pintor Rosales”, código 28021045, situado en la calle Príncipe de Vergara, número 141, de la misma localidad y Distrito.

3. Se aprueba la integración de la Escuela de Educación Infantil “Miguel Puerta”, código 28033400, de Aranjuez, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “San Isidro”, código 28001617, situado en la calle de los Cuarteles, número 51, de la misma localidad.

4. Se aprueba la integración de la escuela de Educación Infantil “Valle Inclán”, código 28028234, de Leganés, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “Calderón de la Barca”, código 28003501, situado en la calle Río Duero, número 24, de la misma localidad.

5. Se aprueba la integración de la escuela de Educación Infantil “Verbena”, código 28042838, de Leganés, en el colegio de Educación Infantil y Primaria “Pérez Galdós”, código 28028210, situado en la avenida de Europa, número 14, de la misma localidad.

Artículo 3

Incorporación al programa bilingüe de la Comunidad de Madrid

Los nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria mencionados en los apartados 1, 3, 5 y 6 del artículo 1 del presente Decreto pasarán a formar parte del programa bilingüe de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4

Cese de actividades y finalización del mandato de los órganos de gobierno

Los colegios de Educación Infantil y Primaria y escuelas de Educación Infantil que se fusionan o integran, a los que se hace referencia, respectivamente, en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 1 y 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 2 del presente Decreto cesarán en sus actividades al término del curso escolar 2012-2013. Con esta misma fecha finalizarán los mandatos de los actuales órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales.

Artículo 5

Cambio de denominación específica

Aprobar la nueva denominación específica del colegio de Educación Infantil y Primaria “Julio Verne”, código 28073902, sito en la calle Álava, número 11, en el municipio de Fuenlabrada, que en lo sucesivo pasa a denominarse colegio de Educación Infantil y Primaria “El Trigal”.

Artículo 6

Facultad de desarrollo

Se autoriza a la Consejera de Educación, Juventud y Deporte a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo del presente Decreto.

Artículo 7

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de junio de 2013.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/22.015/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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