Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130628-253

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 3

253
Procedimiento 924 de 2012

EDICTO

Don Donato Alférez Moral, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Almería y su provincia.

Por medio del presente edicto, hace saber: Que en el procedimiento seguido ante este Juzgado bajo el número 924 de 2012 aparece dictada sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Sentencia número 249

En Almería, a 17 de junio de 2013.—Visto por mí, el ilustrísimo señor don Juan Carlos Aparicio Tobaruela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de los de esta ciudad y su provincia, el juicio promovido sobre despido por don José Antonio Cayuela Hernández, frente a “Logística Andaltruck, Sociedad Limitada” (“Transportes Pascualín Simón, Sociedad Limitada”).

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don José Antonio Cayhuela Hernández, frente a la empresa “Logística Andaltruck, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que ha sido objeto la parte actora, y en consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de sentencia, entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar, descontando las cantidades percibidas como consecuencia de la prestación de servicios con otras empresas con posterioridad a su despido, o extinguir la relación laboral, en cuyo caso deberá pagar al trabajador una indemnización por despido de 20.837,32 euros; condenando igualmente al administrador concursal don Francisco Alarcón Sánchez a estar y pasar por esta declaración. Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a la demandada, que se encuentra actualmente en ignorado paradero, expido el presente en Almería, a 6 de junio de 2013.—El secretario (firmado).

(03/20.183/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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