Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130628-238

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

238
Procedimiento 1.118 de 2012-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.118 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jénnifer Almendro Aponte, frente a “Cetyj Aurelia Muñoz, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 74 de 2013

En Móstoles, a 22 de febrero de 2013.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por doña Jénnifer Almendro Aponte, contra “Cetyj Aurelia Muñoz, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido de la actora, y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial, y condeno a “Cetyj Aurelia Muñoz, Sociedad Limitada”, a que indemnice a doña Jénnifer Almendro Aponte en la cantidad de 4.590,20 euros.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Además, se advierte a las partes que deben acompañar al escrito de interposición del recurso de suplicación el justificante del pago de la tasa conforme a lo previsto en los artículos 4, 7 y 8 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Auto

En Móstoles, a 1 de abril de 2013.

Parte dispositiva:

Estimar parcialmente la solicitud de aclaración de la sentencia presentada por doña Jénnifer Almendro Aponte mediante escrito de fecha 15 de marzo de 2013, debiendo tener el fundamento de derecho tercero, último párrafo, tercera línea, la siguiente redacción: “... presente resolución judicial, 22 de febrero de 2013 (artículo ...)...”.

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 22 de febrero de 2013.

La pesente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cetyj Aurelia Muñoz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 28 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.100/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130628-238