Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130627-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

115
Procedimiento 1.043 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.043 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcos Minondo Ruiz Morales y doña Rosana Ruiz Argüeso, frente a “Blade Co., Sociedad Limitada”, “Editorial Kriptonita, Sociedad Limitada”, “Guía del Niño, Sociedad Limitada”, “Kripton Music, Sociedad Limitada”, “Planeta Ocio, Sociedad Limitada”, “Platínium Multiediciones, Sociedad Limitada”, “Spain Alive, Sociedad Limitada”, “Taznia Media, Sociedad Limitada”, y “Tylosand, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 20 de mayo de 2013.—Ante mí, la secretaria judicial, doña María Belén Gómez Rodríguez, del Juzgado de lo social número 7 de Madrid, comparecen: como demandantes, don Marcos Minondo Ruiz Morales y doña Rosana Ruiz Argüeso, documentos nacionales de identidad números 50852201-Y y 5381075-H, respectivamente, representados por la letrada doña Manuela Montejo Bombín, colegiada número 70.195, según poder notarial que consta en autos, y como demandadas, “Blade Co., Sociedad Limitada”, “Planeta Ocio, Sociedad Limitada”, “Platínium Multiediciones, Sociedad Limitada”, “Spain Alive, Sociedad Limitada”, “Guía del Niño, Sociedad Limitada”, “Tylosand, Sociedad Limitada”, “Kripton Music, Sociedad Limitada”, “Editorial Kriptonita, Sociedad Limitada”, y “Taznia Media, Sociedad Limitada”, cédulas de identificación fiscal números B-80550882, B-81144479, B-827117071, B-82896275, B-83463836, B-85154649, B-82611757, B-82611765 y B-8263005.

Solamente comparecen “Taznia Media, Sociedad Limitada”, y “Guía del Niño, Sociedad Limitada”, ambas representadas por el graduado social de Málaga don Manuel A. Navarro Maldonado, colegiado número 736, tal y como se acredita mediante sendas escrituras de poder, que exhibe y retira, otorgadas ante el notario don Marcos Pérez Sauquillo y Pérez.

Ambas partes, de común acuerdo, solicitan de este Juzgado el aplazamiento de los actos señalados para hoy por el siguiente motivo:

Por no haber aportado la parte demandada la prueba documental con los quince días de antelación requeridos en la resolución judicial de fecha 8 de marzo de 2013.

En este acto se aportan por la parte demandada 53 documentos (no existiendo el documento número 14) y por la parte demandante 69 documentos, todos ellos quedan unidos a los autos con el fin de que puedan ser examinados por la contraparte en la Secretaría del Juzgado.

Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de la comparecencia señalada y, asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 17 de julio de 2013, a las diez horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Spain Alive, Sociedad Limitada”, “Tylosand, Sociedad Limitada”, y “Platínium Multiediciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.832/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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