Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130625-156

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

156
Procedimiento 268 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Lourdes Sevilla Silva, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 268 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín de la Pascua Arús, frente a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Comunidad de Madrid, “FCC Ámbito, Sociedad Anónima”, y “Sertego Servicios Medioambientales, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente sentencia:

Vistos los preceptos legales de común y general aplicación.

Fallo

1. Que debo absolver y absuelvo a la empresa “Sertego Servicios Medioambientales, Sociedad Limitada Unipersonal”, por las razones expuestas en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

2. Que con estimación de la demanda deducida por don Agustín de la Pascua Arús, contra la empresa “FCC Ámbito, Sociedad Anónima”, en reclamación sobre despido, debo declarar y declaro que la decisión extintiva empresarial de fecha 22 de enero de 2013 constituye un despido que debe ser calificado como de improcedente, condenando a la empresa “FCC Ámbito, Sociedad Anónima”, a que opte en el plazo de cinco días contados desde la notificación de esta resolución entre la readmisión del actor en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía antes del despido, con abono a este de los salarios de tramitación causados desde 22 de enero de 2013, a razón de un salario diario de 55,90 euros, hasta que se ejercite la opción y que hasta la sentencia alcanzan la cantidad de 6.652,10 euros, o el abono de la indemnización legal por importe de 25.155 euros, de ejercitarse la opción por la indemnización el contrato se extinguirá en la fecha del ejercicio de la opción expresa y por escrito de la empresa “FCC Ámbito, Sociedad Anónima”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, oficina 1033, a nombre de este Juzgado con el número de transferencia 0030/1846/42/000500/1274 y beneficiario número 2523/0000/65/026813, acreditándolo en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la mencionada cuenta, la cantidad objeto de condena o que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándoles a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se hace saber, igualmente, que la parte recurrente deberá aportar justificante de impreso oficial de autoliquidación de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, artículos 2, 5.3 y 7 de dicha norma, en modelo oficial, ante la Agencia Tributaria, sellado por esta, que deberá ser presentado en la fecha de formalización del recurso de suplicación, junto con el escrito del recurso.

Así lo pronuncia, manda y firma.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sertego Servicios Medioambientales, Sociedad Anónima”, y “FCC Ámbito, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.462/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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