Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130618-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

22
Disolución Junta Compensación

Anuncio para publicar la aprobación inicial de la disolución de la Junta de Compensación del APE 08.11 “Calle Miguel Aracil”.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2013, y en el expediente administrativo RG.a 711/2013/2.287, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar inicialmente la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 08.11, “Miguel Aracil”, del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley de la Comunidad de Madrid 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística, que resulta de aplicación al presente procedimiento según la disposición transitoria cuarta, apartado 2, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo de treinta días mediante la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión con notificación individualizada a los interesados».

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, significándole que podrá examinar dicho expediente (RG.a 711/2013/02287) en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, en la Unidad Técnica de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sita en la calle Ribera del Sena, número 21, y presentar dentro del indicado plazo, los escritos de alegaciones que a su derecho convenga.

Madrid, a 21 de mayo de 2013.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(02/3.892/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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