Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130618-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

77
Procedimiento ordinario 332 de 2009

EDICTO

Doña María Esther Somoza Hernández, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 4 (anterior mixto número 7) de Torrejón de Ardoz.

Hago saber: Que en este Juzgado, y en el ordinario número 332 de 2009, ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora Pato Calleja, en nombre y representación de don Juan Antonio Ezpeleta Alonso, contra don Pablo Sánchez Horneros Sánchez Alarcos y la entidad “Los Mojones, Sociedad Anónima”, declarando el derecho del dominio del demandante adquirido por prescripción adquisitiva sobre la vivienda sita en la calle Mayor, número 6, tercero B, de Valdetorres del Jarama, inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, finca número 4.357, inscripción quinta, al folio 227, tomo 798, libro 17, y condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, todo ello con condena en costas de la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Los Mojones, Sociedad Anónima”, en paradero desconocido.

En Torrejón de Ardoz, a 13 de mayo de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/4.122/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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