Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130618-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

195
Procedimiento 1.335 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.335 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos de las Heras Mesonero, don Jesús Fernando López Mena, don Mariano Velilla Sánchez y don Tomás Medel Navarro, frente a “Avenature, Sociedad Limitada”, y “Surco y Yeste, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de fecha 16 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se tiene por ejercitada la opción por la indemnización con los efectos legales del precepto citado, dando por extinguida la relación laboral entre don Carlos de las Heras Mesonero, don Jesús Fernando López Mena, don Tomás Medel Navarro y don Mariano Velilla Sánchez y las empresas “Avenature, Sociedad Limitada”, y “Surco y Yeste, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, requiérase a las empresas a fin de que abonen a los trabajadores las cantidades objeto de condena, que ascienden a un total de 227.428,97 euros (48.938,73 euros más 55.663,96 euros más 74.541,60 euros más 48.284,68 euros).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social doña Yolanda Urbán Sánchez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Avenature, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.418/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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