Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130618-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

182
Ejecución 335 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 335 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Pascarenco, don Manuel González Tejero, don Mohamed Akazim, don Rachid Dhammy, doña Silvia Manea y don Ubaldo Alexánder Gallegos Arambulo, frente a “Logística Trading de Mercancías, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

a) Se acuerda aclarar el defecto advertido en el auto despachando orden general de ejecución de fecha 11 de mayo de 2011, consistente en un error mecanográfico, en los siguientes términos:

Donde dice: «Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 25 de febrero de 2011 a favor de la parte ejecutante don Rachid Dhammy, doña Silvia Manea, don Mohamed Akazim, don Manuel González Tejero y don Ubaldo Alexánder Gallegos Arambulo, frente a “Logística Trading de Mercancías, Sociedad Limitada”, por un principal de 99.055,33 euros, correspondiendo, concretamente:

«......

A don Manuel González Tejero: 1.107,08 euros.

A doña Elena Pascarenco: 3.877,36 euros.

......»

Debe decir: «Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 25 de febrero de 2011 a favor de la parte ejecutante don Rachid Dhammy, doña Silvia Manea, don Mohamed Akazim, don Manuel González Tejero y don Ubaldo Alexánder Gallegos Arambulo, frente a “Logística Trading de Mercancías, Sociedad Limitada”, por un principal de 99.055,33 euros, correspondiendo, concretamente:

«......

A don Manuel González Tejero: 3.877,36 euros.

A doña Elena Pascarenco: 1.107,08 euros.

......»

b) Expídanse testimonio del presente auto a fin de ser aportado al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese este auto a las partes.

Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Logística Trading de Mercancías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.653/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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