Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130615-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4

EDICTO

121
Autos 113 de 2013

Doña María Yolanda Martín Llorente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 113 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelmejid Agoujoul, contra la empresa “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Abdelmejid Agoujoul, frente a “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.790,08 euros en concepto de principal, más otros 1.500 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial y copia de la demanda ejecutiva serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, María Yolanda Martín Llorente.—En Valladolid, a 15 de mayo de 2013.

Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 5.790,08 euros de principal y 1.500 euros en concepto de intereses y costas. Consta insolvencia previa de la ejecutada “Gestión de Servicios Auxiliares Almi, Sociedad Limitada”, en el procedimiento número 73 de 2011, seguido en el Juzgado de lo social número 1 de Valladolid, en fecha 29 de julio de 2011, y no habiendo encontrado bienes suficientes, y de conformidad al artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social acuerdo dar audiencia a don Abdelmejid Agoujoul y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Abdelmejid Agoujoul, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 15 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.930/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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