Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130613-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

143
Procedimiento ordinario 232 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 232 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Driss Haidara, frente a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, y “Limpiezas Alarcón, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimo parcialmente la demanda del actor don Driss Haidara y declaro el derecho de dicho trabajador a ser subrogado por la codemandada “Limpiezas Alarcón, Sociedad Limitada”, con fecha de efectos de 3 de noviembre de 2011.

Asimismo, declaro debidos los salarios de octubre de 2011 y dos días de noviembre de 2011, siendo la responsable del pago la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”.

En consecuencia, condeno a “Limpiezas Alarcón, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que subrogue el actor en su plantilla con fecha de efectos de 3 de noviembre de 2011, y con los demás derechos inherentes a ello.

Asimismo, condeno a la empresa “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 1.080,62 euros por pago de salarios.

Declaro la mora de dicha empresa y a la anterior cantidad se le incrementará el pago del 10 por 100 de interés anual desde la fecha en que fue devengado y hasta su total pago.

Absuelvo a la empresa “Limpiezas Alarcón, Sociedad Limitada”, de la reclamación de cantidad reclamada en este procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada la anterior sentencia en el día de la fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Francisca Arce Gómez que la suscribe en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.915/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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