Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130612-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

182
Ejecución 50 de 2013

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 50 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Clemente García Cabanillas, frente a “Diseño y Decoraciones Piñana, Sociedad Limitada”, y “Rehabilitaciones y Reformas Certyone, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Clemente García Cabanillas con la empresa “Diseño y Decoraciones Piñana, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 34.001,96 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 8.255,33 en concepto de salarios dejados de percibir desde notificación de sentencia hasta la fecha (ciento sesenta y un días), así como a abonar al actor salarios por la cantidad de 1.258,12 euros, más el 10 de interés por mora.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Diseño y Decoraciones Piñana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.682/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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