Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2013

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130607-15

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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ORDEN de 29 de mayo de 2013, por la que se modifican los ficheros de datos de carácter personal denominados “BITUSUARIO” y “BITTARJETA”, del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.

El Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, en el ejercicio de sus competencias relativas a la gestión del marco tarifario del sistema de transportes de la Comunidad de Madrid, ha desarrollado el proyecto BIT (Billética Inteligente para el Transporte) al objeto de proceder a la sustitución del soporte de los títulos de transporte de tecnología magnética por otro basado en la tecnología sin contactos, inicialmente denominado Sube-T (Sistema Operativo Universal de Billetaje Electrónico). El nuevo soporte es nominativo e intransferible y está diseñado para almacenar hasta tres títulos diferentes que podrán ser, indistintamente, personales o no personales.

Las referidas circunstancias del soporte determinan el tratamiento de datos de carácter personal de los usuarios del mismo en la gestión necesaria para la implantación operativa del sistema. Así pues, de conformidad con lo preceptuado legalmente, se procedió a crear mediante Orden de 27 de julio de 2010, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de agosto de 2010, los ficheros de datos de carácter personal denominados “BITUSUARIO” y “BITTARJETA”, cuya finalidad es, respectivamente, la gestión de soporte de títulos de transporte Sube-T y la gestión del soporte de títulos de transporte Sube-T de usuarios con perfiles especiales.

No obstante, el cambio del nombre del soporte de títulos de transporte, en un momento ulterior a la creación de los ficheros mencionados, ha determinado que la actual denominación de Tarjeta de Transporte Público no se corresponda con la que figura en el apartado correspondiente a la finalidad de los ficheros. En consecuencia, procede la modificación de la finalidad de los citados ficheros para reflejar el cambio de denominación del soporte de títulos de transporte.

Por otra parte, hay que destacar que las nuevas tecnologías, en materia de sistemas inteligentes de transporte, implantadas, recientemente, por el Consorcio Regional de Transportes, permiten conocer, en tiempo real, las incidencias que se producen en toda la red de transporte público y, como es lógico, el pleno aprovechamiento del potencial de esta información y la correcta prestación del servicio, conforme a los estándares de calidad actuales, exigen que la información sobre incidencias sea compartida con los usuarios.

Asimismo, es notorio que la sociedad actual está sumamente concienciada de los impactos negativos del actual sistema de movilidad en las áreas metropolitanas, caracterizado por una acusada preponderancia del vehículo privado, y demanda modelos de movilidad más sostenible, en los cuales el transporte público es una pieza esencial. Sin embargo, las restricciones presupuestarias han reducido en extremo las posibilidades de realizar macrocampañas de promoción del transporte público.

En este contexto, se considera oportuno aprovechar la modificación de la finalidad de los ficheros mencionados, para contemplar expresamente como usos previstos de los mismos la comunicación con los usuarios al objeto de promocionar el sistema de transporte público o de facilitar información relativa a las incidencias de la red de transportes.

Por lo expuesto, se hace necesario proceder a realizar una modificación de los ficheros “BITUSUARIO” y “BITTARJETA” en el sentido mencionado.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, estipula que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal de las Administraciones Públicas solo podrá realizase por medio de disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o diario oficial correspondiente. En el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de dicha disposición se efectúa mediante Orden del Consejero respectivo.

La modificación de los ficheros a que se refiere la presente Orden se ajusta a lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En virtud de cuanto antecede,

DISPONGO

Artículo único

Se modifican los ficheros de datos de carácter personal del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid denominados “BITUSUARIO” y “BITTARJETA”, en el sentido que se refleja en los Anexos I y II de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de mayo 2013.

El Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, PABLO CAVERO MARTÍNEZ DE CAMPOS

ANEXO I

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2102460001 BITUSUARIO.

Nombre y descripción del fichero: BITUSUARIO.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DEL SOPORTE DE TÍTULOS DE TRANSPORTE DENOMINADO TARJETA DE TRANSPORTE PÚBLICO Y COMUNICACIONES CON LOS USUARIOS PARA PROMOCIONAR EL SISTEMA DE TRANSPORTE E INFORMAR SOBRE INCIDENCIAS.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2102460003 BITTARJETA.

Nombre y descripción del fichero: BITTARJETA.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DEL SOPORTE DE TÍTULOS DE TRANSPORTE DE USUARIOS CON PERFILES ESPECIALES, DENOMINADO TARJETA DE TRANSPORTE PÚBLICO Y COMUNICACIONES DE PROMOCIÓN DEL TRANSPORTE E INFORMACIÓN SOBRE INCIDENCIAS.

(03/18.164/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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