Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130607-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

132
Procedimiento ordinario 528 de 2012

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 528 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Sánchez Rivera, frente a “Encofrados Maes, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por don Juan José Sánchez Rivera, vengo a condenar a la empresa “Encofrados Maes, Sociedad Limitada”, a satisfacerle, por los conceptos de la demanda, la cantidad de 1.888,89 euros, con más el 10 por 100 anual de interés por mora respecto de los conceptos salariales.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Maes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.893/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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