Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130607-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

EDICTO

111
Procedimiento 696 de 2012

Que en este Juzgado, bajo el número 696 de 2012, se sigue procedimiento de divorcio contencioso a instancias de doña Rodica Florentina Stefan, representada por la procuradora doña Cristina Benito Cabezuelo y asistida por el letrado don Emilio Ramos Ruiz, contra don Catalin Sorinel Teican, declarado en situación de rebeldía, en el que en el día de la fecha se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Cristina Benito Cabezuelo, en el nombre y representación que ostenta, debo decretar y decreto la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por doña Rodica Florentina Stefan y don Catalin Sorinel Teican, con todos los efectos legales inherentes, y con adopción de las siguientes medidas:

1.o Se atribuye el uso y disfrute de la vivienda familiar, sita en la calle Garcilaso, número 11, tercero C, de Leganés, así como el mobiliario y el ajuar de uso ordinario a doña Rodica Florentina Stefan.

No se hace imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado para su conocimiento por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previa la constitución de depósito en la cantidad de 50 euros a ingresar en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado para que sirva de notificación de la sentencia al demandado rebelde don Catalin Sorinel Teican, en ignorado paradero, se extiende la presente que firmo en Leganés, a 4 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(03/15.965/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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