Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130605-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

EDICTO

85
Procedimiento ordinario 700 de 2012

Doña María del Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 71 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ordinario número 700 de 2012, seguidos a instancias de “Confort Bus, Sociedad Anónima”, contra “Viajes Iberoamérica, Sociedad Anónima”, y “Global Capital, Sociedad Anónima”, habiéndose dictado sentencia en fecha 15 de marzo de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 381 de 2013

Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano.—En Madrid, a 15 de marzo de 2013.

Parte demandante, “Confort Bus, Sociedad Anónima”, con abogada doña Marta Lázaro Palmero y procuradora doña Elena Paula Yuncos Capilla, y parte demandada, “Viajes Iberoamérica, Sociedad Anónima”, y “Global Capital, Sociedad Anónima”.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Yuncos Capilla, en nombre y representación de “Confort Bus, Sociedad Anónima”, contra “Viajes Iberoamérica, Sociedad Anónima”, y contra “Global Capital, Sociedad Anónima”, declaradas en rebeldía, declaro la resolución de fecha 31 de agosto de 2004 y, en consecuencia, se condena solidariamente a las expresadas demandadas a pagar a la actora la cantidad de 97.441,16 euros, más 40.644,98 euros de intereses legales devengados desde el día 8 de agosto de 2002 hasta el día 1 de septiembre de 2011, más los que se sigan devengando hasta que se proceda al completo pago de la deuda, con expresa imposición a las demandadas de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde la notificación de esta sentencia, que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que al prepararse se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/XXXX (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/XX (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009.

Llévese esta sentencia al libro de su clase, dejando testimonio suficiente en autos.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a las demandadas, declarados en rebeldía procesal, “Viajes Iberoamérica, Sociedad Anónima”, y “Global Capital, Sociedad Anónima”, expido la presente en Madrid, a 3 de abril de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/3.811/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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