Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2013

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130603-34

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2013, del Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro de las ayudas para la compensación fiscal para el año 2012 de determinadas tasas municipales que vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales, establecida por acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2012.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado decimotercero, del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2012, por el que se establece el procedimiento de compensación fiscal para el año 2012, de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales, una vez examinada la documentación correspondiente y de acuerdo con la propuesta formulada por el órgano instructor,

RESUELVO

Primero

Declarar la pérdida del derecho al cobro de las ayudas solicitadas para la compensación fiscal de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales, por no aportar la documentación requerida y necesaria para proceder al pago, a los beneficiarios que figuran en el Anexo a la presente Resolución.

Segundo

Contra la presente Resolución se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo se podrá interponer potestativamente recurso administrativo de reposición previo al contencioso en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Consejero de Economía y Hacienda, de conformidad con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 9 de mayo de 2013.—El Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, PD del Consejero de Economía y Hacienda (Orden de 20 de febrero de 2013, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo de 2013), Pablo Abejas Juárez.



(03/16.900/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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