Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130601-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

EDICTO

106
Ejecución 196 de 2012

Doña Marta Rodríguez Arellano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número de ejecución 196 de 2012, a instancias de “Fraternidad Muprespa”, contra “Mamen Cine y Televisión, Sociedad Limitada”, en la que el día 26 de marzo de 2013 se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo: A los efectos de las presentes actuaciones, se declara insolvente provisional a la ejecutada “Mamen Cine y Televisión, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas, en sus bienes, las cantidades que está obligada a satisfacer, cuyo principal asciende a 17.733,73 euros.

Una vez firme la declaración de insolvencia decretada, se hará constar en el registro correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 276.5 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de revisión ante este Juzgado, sin perjuicio del cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso debe interponerse en el plazo de tres días, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 454 bis de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Y para que conste y sirva de notificación a “Mamen Cine y Televisión, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alicante, a 26 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.333/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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