Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2013

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130531-23

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

Secretaría General

Derechos Ciudadanos

23
Notificación procedimiento sancionador

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notificación de la resolución dictada en el procedimiento sancionador, que se indica, seguido contra la persona que se relaciona, así como el documento de ingreso (modelo 069), ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de la notificación del presente escrito, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Una vez resuelto este recurso, o de no hacer uso del mismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente escrito, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o cuantos recursos estimen pertinentes.

El pago de la sanción deberá realizarse en cualquier entidad bancaria mediante el modelo 069, que se encuentra a su disposición en esta Delegación del Gobierno, en la Unidad de Derechos Ciudadanos (calle García de Paredes, número 65, de Madrid).

Los plazos para efectuar el ingreso son los siguientes: notificaciones (publicaciones) realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, fecha de pago desde la notificación hasta el día 20 del mes siguiente. Notificaciones (publicaciones) realizadas entre los días 16 y último de cada mes, fecha de pago desde la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior.

Transcurrido el plazo señalado, sin haber llevado a cabo el pago de la sanción se procederá a su cobro por vía de apremio, con los recargos consiguientes, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento General de Recaudación.

Número de expediente.— DNI.— Nombre y apellidos.— Localidad/población.— Legislación. — Sanción

8947/2012. — 50215977-P. — Juan Aquilino Salazar Montaña. — Madrid. — Ley 17/1985, 17.2.e). — 1.000 euros.

A) Incautación de sustancia; B) Incautación del arma; C) Prohibición de acceso a recintos deportivos; RD) Real Decreto; LO) Ley Orgánica, y LSP) Ley de Seguridad Privada.

Madrid, a 27 de marzo de 2013.—La delegada del Gobierno, Cristina Cifuentes Cuencas.

(02/3.108/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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