Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130530-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

162
Procedimiento ordinario 1.164 de 2012

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.164 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cecilia Corona Patiño Samaniego, frente a don Juan Domingo Medina Neyra, Fondo de Garantía Salarial y “Neyra Ecordo, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 140 de 2013

En Madrid, a 16 de abril de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, doña Begoña García Álvarez, los presentes autos número 1.164 de 2012, seguido a instancias de doña Cecilia Corona Patiño Samaniego, que comparece asistida por el letrado don Óscar Encinas Carpizo, contra don Juan Domingo Medina Neyra, que no comparece; “Neyra Ecordo, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, sobre resolución de contrato, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando las demandas de extinción de contrato al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores y de despido, formuladas por doña Cecilia Corona Patiño Samaniego, frente a “Neyra Ecordo, Sociedad Limitada”, declaro improcedente la decisión extintiva adoptada por la empresa con efectos de 21 de septiembre de 2012, declarando igualmente extinguida en la fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a las partes, y condenando a la demandada a que abone a la actora la suma de 5.925,45 euros en concepto de indemnización; abonándole, además la suma de 10.859,55 euros en concepto de salarios adeudados. Y absuelvo a don Juan Domingo Medina Neyra de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, y en aplicación de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, deberá acompañar, en el mismo momento procesal, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial debidamente validado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Neyra Ecordo, Sociedad Limitada”, y don Juan Domingo Medina Neyra, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de abril de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.844/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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