Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130529-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

EDICTO

91
Procedimiento 248 de 2013

En el presente procedimiento de expediente de dominio, reanudación del tracto número 248 de 2013, sobre expediente de dominio exceso cabida, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Providencia de la magistrada-juez de primera instancia, doña Lourdes Pérez Padilla.—En Torrejón de Ardoz, a 8 de abril de 2013.

Recibido el precedente escrito, documentos que se acompañan, poder y copias de la procuradora doña María Dolores Barral Llorente, incóese el expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo de finca que se insta en relación con la finca urbana inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de los de Torrejón de Ardoz, al tomo 1.347, libro 64, folio 246, finca registral número 3.705, en el que se le tendrá por personada en nombre y representación de don José Ramón González Azaña, entendiéndose con ella las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del testimonio de poder presentado.

Dese traslado del escrito presentado al ministerio fiscal, entregándole las copias del escrito y documentos, y cítese a don Ramón González Vallejo y doña Delfina Azaña Fernández, como personas de quienes procede la finca, y también en concepto de inquilinos de la misma; a don José Ramón González Azaña, el propio demandante, como persona a cuyo nombre aparece catastrada, y a don Florentino García López y doña Nicereta Azaña Sánchez, como titulares registrales, a fin de que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domicilio se desconoce por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Convóquese a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada por medio de edictos que se fijarán en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y del Juzgado y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente a los efectos expresados.

Líbrense los edictos y hágase entrega de los mismos a la parte promotora del expediente para su diligenciado y cumplimiento, y manifestándose el fallecimiento de don Florentino García López y doña Nicereta Azaña Sánchez, sirvan los edictos publicados como oportuna citación.

En cuanto a la prueba solicitada en el otrosí, se acordará sobre la misma en el momento procesal oportuno.

En relación con el otrosí segundo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Reglamento Hipotecario, líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad de Torrejón de Ardoz para la extensión de la anotación preventiva de haberse incoado el presente procedimiento, quedando facultada la parte promotora del expediente para su diligenciado y cumplimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito, ante este Juzgado, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en el grupo “Banesto” (“Banco Español de Crédito”), con el número 2340/0000, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda, manda y firma su señoría.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica y cita a las personas indicadas a los fines interesados en la resolución que antecede.

En Torrejón de Ardoz, a 8 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(02/3.618/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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