Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130529-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Ejecución 267 de 2012

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 267 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Khalid Azzouzi, doña María Adoración Sastre Rodríguez, doña María Remedios Faura Sánchez y doña Natividad Hurtado Díaz, frente a “Actúa Group Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 30 de enero de 2013.

Parte dispositiva:

Que procede decretar la extinción de la relación laboral de don Khalid Azzouzi, doña María Remedios Faura Sánchez, doña María Adoración Sastre Rodríguez y doña Natividad Hurtado Díaz con la empresa “Actúa Group Facility Sercices, Sociedad Limitada”, en la fecha de la presente resolución, por no readmisión de la misma, condenando a la empresa al abono en concepto de indemnización y salarios de tramitación de las sumas que para cada trabajador se indican a continuación:

A don Khalid Azzouzi: 2.389,81 euros de indemnización y 3.532,47 euros de salarios de tramitación.

A doña María Remedios Faura Sánchez: 3.010,05 euros de indemnización y 7.172,25 euros de salarios de tramitación.

A doña María Adoración Sastre Rodríguez: 2.764,43 euros de indemnización y 7.172,25 euros.

A doña Natividad Hurtado Díaz: 4.606,61 euros de indemnización y 7.172,25 euros de salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Actúa Group Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.625/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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