Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130523-33

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

33
Avocación competencia obra Casa de la Carnicería

Acuerdo de 25 de abril de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para tramitar un contrato de concesión de obra pública en la “Casa de la Carnicería” y se delega en el titular del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo.

El Ayuntamiento de Madrid es titular del inmueble sito en la plaza Mayor, número 3, denominado “Casa de la Carnicería” e inscrito en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con número de archivo 28 como bien de dominio público destinado a servicio público.

En relación con este inmueble, el Ayuntamiento de Madrid consideró la posibilidad de transformarlo en un establecimiento hotelero para potenciar la oferta del sector turístico en el centro de la ciudad, tramitando para ello una modificación puntual del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, que fue aprobada definitivamente por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el 19 de abril de 2012.

Para implantar el uso de hospedaje en el edificio se optó por tramitar un expediente de concesión de obra pública, cuya competencia inicial correspondía a la anteriormente denominada Dirección General de Patrimonio en virtud del acuerdo de 26 de enero de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegaban competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, competencia que fue avocada y delegada en el titular de la desaparecida Área Institucional e Internacional por acuerdo de 4 de octubre de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, como consecuencia de las competencias delegadas a la anterior Área de Gobierno de Vicealcaldía en materia de turismo de la Ciudad de Madrid.

Mediante acuerdo de 10 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se ha establecido una nueva estructura de la organización administrativa municipal en la que no se contempla la existencia del Área de Gobierno de Vicealcaldía ni del Área Institucional e Internacional en cuyo titular se habían delegado las competencias antes descritas. En consecuencia, de conformidad con el artículo 8.1.a) del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, las competencias que habían sido delegadas en el titular de la desaparecida Área Institucional e Internacional, han pasado a ser competencia de la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

Por otra parte, fruto de la mencionada reforma de la estructura organizativa municipal, actualmente corresponde al Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo la promoción turística de la Ciudad de Madrid en virtud del artículo 1 del acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura de dicha Área de Gobierno y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos.

En consecuencia, procede, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avocar la competencia delegada en la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio para delegarla en el titular del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo en lo referente, única y exclusivamente, a la tramitación del contrato de concesión de obra pública para transformar la “Casa de la Carnicería” en un establecimiento hotelero.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e), h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 25 de abril de 2013, acuerda:

Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio en el artículo 8.1.a) del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, única y exclusivamente para la tramitación del contrato de concesión de obra pública que habrá de adjudicarse para transformar la “Casa de la Carnicería” en un establecimiento hotelero.

Segundo.—Delegar en el titular del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dicho contrato se ejercerán de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 4 del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

Tercero.—De conformidad con los dispuesto en el artículo 4.4 del acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública aprobará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.

Cuarto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Séptimo.—Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Octavo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” a efectos de conocimiento general.

Noveno.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 25 de abril de 2013.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(03/15.100/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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