Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130523-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

32
Avocación competencia contrato obras centro deportivo

Acuerdo de 25 de abril de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para tramitar un contrato de obras en el centro deportivo municipal “Félix Rubio” y se delega en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

El Ayuntamiento de Madrid es propietario del inmueble sito en la calle Alianza, número 4, destinado al centro deportivo municipal “Félix Rubio” e inscrito en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con el número provisional de archivo 200.708, como bien de dominio público destinado a servicio público. Dicha instalación deportiva se encuentra adscrita al Distrito de Villaverde.

El Ayuntamiento de Madrid ha considerado necesario acometer la ejecución de obras de rehabilitación y mejora del campo de fútbol existente en el interior de esta instalación deportiva, obras que serán financiadas con fondos europeos, concretamente, mediante el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

La competencia para realizar tales obras corresponde al concejal-presidente del Distrito de Villaverde, conforme a lo previsto en el artículo 18.a) del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

No obstante, dado que las obras a realizar son financiadas con fondos estructurales europeos, se pretende llevar a cabo una supervisión directa de la gestión y tramitación de este proyecto de inversión por el Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, permitiendo así garantizar un mayor ajuste de la ejecución a las necesidades reales.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia relativa a la realización de las obras en el centro deportivo municipal “Félix Rubio” previamente delegada en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde y que tal competencia sea posteriormente delegada en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.e), h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 25 de abril de 2013, acuerda:

Primero.—Avocar la competencia delegada en el concejal-presidente del Distrito de Villaverde en el artículo 18.a) del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, única y exclusivamente para la tramitación del contrato de obras que habrá de adjudicarse para la rehabilitación y mejora del campo de fútbol existente en el interior del centro deportivo municipal “Félix Rubio”, obras que serán financiadas mediante el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Segundo.—Delegar en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia avocada en el apartado anterior.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dicho contrato se ejercerán de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 4 del acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

Tercero.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública aprobará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.

Cuarto.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

Sexto.—Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

Séptimo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, a efectos de conocimiento general.

Octavo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 25 de abril de 2013.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(03/15.101/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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