Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130523-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

196
Ejecución 40 de 2013

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 40 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anacleto Guerra Palacios, don Andrei Macari, don Fernando Martínez Martín y don Iurie Ivlev, frente a “Retrama Express, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de abril de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 22 de febrero de 2013 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Andrei Macari, don Iurie Ivlev, don Fernando Martínez Martín y don Anacleto Guerra Palacios, solicitando la ejecución de la sentencia número 371 de 2012 por la que se condena a “Retrama Express, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 12 de abril de 2013.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Andrei Macari, don Iurie Ivlev, don Fernando Martínez Martín y don Anacleto Guerra Palacios, frente a la demandada “Retrama Express, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 20.715,71 euros, más 828,62 euros y 2.071,57 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, cantidad que se desglosa como se refiere a continuación:

A don Andrei Macari: 6.098,82 euros netos.

A don Iurie Ivlev: 2.338,77 euros netos.

A don Fernando Martínez Martín: 6.037,12 euros netos.

A don Anacleto Guerra Palacios: 5.900 euros netos.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2522/0000/64/0040/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Fernando Lisbona Laguna.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Retrama Express, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.536/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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