Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130523-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

87
Juicio de faltas 2.121 de 2012

Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Hace saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha dictada por el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en juicio de faltas número 2.121 de 2012-R, seguido ante este órgano judicial por una falta de lesiones imprudentes, tráfico, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva de la sentencia recaída en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Yann Philippe, como autor de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas a que indemnice a don Óscar de la Iglesias Arias en la suma de 22.788,63 euros, y al pago de las costas de este procedimiento declarando la responsabilidad civil directa de la aseguradora “Línea Directa Aseguradora”, a quien se impone el interés legal del dinero incrementado en un 50 por 100 de la suma indicada desde la fecha del accidente hasta su total pago.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación de sentencia a don Yann Philippe, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 8 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(03/14.108/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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