Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130522-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

137
Ejecución 142 de 2011

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 142 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Navarro Ruescas y don Valentín Sanfrutos Montes, frente a “Pinturas Tamu, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 25 de marzo de 2013 con la parte dispositiva siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 12.986 euros de principal, de los que corresponden 6.493 euros a cada uno de los ejecutantes, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Pinturas Tamu, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2515/0000/64/0142/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pinturas Tamu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.326/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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