Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130520-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

EDICTO

66
Procedimiento ordinario 1.223 de 2011

Doña Eva María de la Gala González, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.223 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución del literal siguiente:

Sentencia número 66 de 2013

En Madrid, a 5 de abril de 2013.—La señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia del número 51 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.223 de 2011, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandantes, doña María del Carmen Vítores Villena y don Luis Vítores Villena, representados por la procuradora doña Lucila Torres Rius, y de otra, como demandado, don Julián López Fernández, en los que ha recaído el presente

Fallo

Estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Torres Rius, en representación de doña María del Carmen Vítores Villena y don Luis Vítores Villena, contra don Julián López Fernández, debo declarar y declaro que los actores ostentan el pleno dominio sobre el inmueble sito en Madrid, calle Sor Ángela de la Cruz, número 26, apartamento 310, por herencia, así como el derecho de los actores a recuperar la plena y pacífica posesión material y directa de la finca mencionada, condenando al demandado don Julián López Fernández a dejar libre, vacua y expedita, a disposición de la parte actora, la vivienda objeto de la presente litis, con apercibimiento de lanzamiento, y todo ello sin hacer expresa condena en las costas procesales causadas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Será necesario para la admisión a trámite del recurso el ingreso en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado (2545), y en relación con el presente expediente, el depósito de 50 euros, identificándose en dicho ingreso la clase de recurso interpuesto y la fecha de la resolución impugnada. Asimismo, deberá acompañarse la documentación acreditativa de la realización de dicho depósito al presentar el escrito de anuncio o preparación del recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, juzgado definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Julián López Fernández se extiende la presente para que sirva de notificación la sentencia dictada en los presentes autos.—Doy fe.

Madrid, a 5 de abril de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/3.133/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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