Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130518-27

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

27
Procedimiento 1.359 de 2010

En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.359 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 193

En Alcalá de Henares (Madrid), a 25 de marzo de 2013.—Vistos por mí, don Iván Marcos García-Diego Ruiz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de divorcio contencioso número 1.359 de 2010, en los que son partes: como demandante, doña Leonor Mendoza Carmona, representada por la procuradora señora Pavón Vela y asistida por el letrado don José Julián Raboso López, y como demandado, don Juan Antonio Barrul Muñoz, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando como estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Pavón Vela, en nombre y representación de doña Leonor Mendoza Carmona, debo acordar como acuerdo la disolución, por divorcio, del matrimonio existente entre su representada y don Juan Antonio Barrul Muñoz, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, y en especial los siguientes:

Se acuerda la disolución de la sociedad de gananciales.

Se declara la improcedencia de fijar cantidad alguna en concepto de pensión compensatoria a favor de ninguno de los litigantes.

No se atribuye a ninguno de los litigantes el uso del que fuera domicilio conyugal.

No se hace especial imposición de las costas causadas en el presente juicio.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto ante este Juzgado mediante escrito presentado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente sentencia, conforme al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Antonio Barrul Muñoz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcalá de Henares, a 5 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(03/12.926/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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