Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
15-05-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

80
Procedimiento Seguridad Social 1.275 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.275 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Jiménez Valencia, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Panificadora Istúriz, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social y “Unión de Mutuas Unimat”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Estimo la demanda del actor don Juan Antonio Jiménez Valencia y declaro su derecho a percibir la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, en el período comprendido entre el día 7 hasta el 18 de mayo de 2012, por importe de 12,87 euros.

En consecuencia, condeno a la empresa “Panificadora Istúriz, Sociedad Limitada”, como responsable directa del pago de la prestación anteriormente señalada y, asimismo, declaro responsable, por vía de anticipo, a la “Unión de Mutuas Unimat”, a quien condeno a que abone al actor la cantidad señalada anteriormente, sin perjuicio de repetir frente a la empresa con quien tiene concertada la contingencia.

Absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social de lo pretendido con la demanda.

Contra esta sentencia cabe la interposición del recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Publicación

Leída y publicada la anterior sentencia por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Francisca Arce Gómez, que la suscribe en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Panificadora Istúriz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.297/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-80