Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
15-05-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 2

EDICTO

61
Procedimiento 756 de 2011

Don Alejandro Tofiño Padrino, secretario del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el procedimiento de juicio verbal número 756 de 2011, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

En Parla, a 30 de mayo de 2012.—Vistos por don Miguel López-Veraza Pérez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Parla y su partido, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 756 de 2011, a instancias de “Gas Natural Servicios SGD, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María del Carmen Aguado Ortega y asistida por la abogada doña Sara Canut Ramos, contra don Jesús Muñiz Moya.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de “Gas Natural Servicios SGD, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la resolución del contrato de suministro de gas celebrado con don Jesús Muñiz Moya, sobre la vivienda sita en la calle Galicia, número 6, tercero D, de Pinto, y en consecuencia, debo condenar y condeno a don Jesús Muñiz Moya a facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora. Asimismo, a abonar a la actora la cuantía de 1.751,19 euros, más la cantidad resultante del consumo de gas comprendido entre la última lectura facturada y la que se realice en el momento de la desconexión del contador, todo ello, más interés legal desde la fecha de la interposición de la demanda, con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la presente no cabe recurso de apelación, siendo firme.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública durante el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jesús Muñiz Moya, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Parla, a 15 de noviembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/3.267/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-61