Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
15-05-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

EDICTO

57
Procedimiento 2.648 de 2009

Doña Rosa María Mayans López, secretaria del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el procedimiento ordinario número 2.648 de 2009 se ha dictado la sentencia de fecha 27 de abril de 2012 que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña Asunción Loranca Ruilópez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 2.648 de 2009, seguidos a instancias de comunidad de propietarios de la calle Manuel Merino, número 20, de Alcalá de Henares, representada por la procuradora señora Chozas del Álamo y asistida por el letrado señor Díaz Aparicio, frente a “LPE Financiera, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal; doña Genevieve Christoff Secretan, representada por el procurador señor Reino García y asistida del letrado señor Pedreira López-Membiela; don Eduardo Magdalena Buitrón, representado por el procurador señor Osset Rambaud y asistido de la letrada señora Somacarrera Pérez, y frente a “Construcciones Azabal, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Boyano Adánez y asistida por el letrado señor Palomo Borrego, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Chozas del Álamo, en nombre de la comunidad de propietarios de la calle Manuel Merino, número 20, de esta ciudad, frente a “LPE Financiera, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía; don Eduardo Magdalena Buitrón, representado por el procurador señor Osset Rambaud; doña Genevieve Christoff Secretan, representada por el procurador señor Reino García, y “Construcciones Azabal, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Boyano Adánez, declaro haber lugar de forma parcial a la misma y, en su virtud, condeno solidariamente a los codemandados a la reparación de los defectos relativos a humedades provocadas por filtraciones del patio y mala ejecución del paso de instalaciones a través del forjado del patio exterior detalladas en el apartado 5 y párrafo primero del apartado 3 del informe elaborado por don Ignacio Ortega. Dichas reparaciones deberán ser realizadas en la forma expresada en el apartado 4.1, “Propuestas de actuación”, del informe elaborado por don Fernando y don Carlos García, (folios 11, 12 y 13 del mismo). Dichas reparaciones se llevarán a efecto en el plazo de tres meses.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a “LPE Financiera, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.—La secretaria (firmado).

(02/14.476/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-57