Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
15-05-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130515-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

53
Procedimiento ordinario 2.117 de 2010

El secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de procedimiento ordinario número 2.117 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 13 de junio de 2012.—En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, vistos los autos de juicio ordinario número 2.117 de 2010, a instancias de “Laboratorio de Prótesis Dental Crown”, representada por la procuradora doña Virginia Sánchez de León Herencia y asistida de letrado, contra “Arquetipo Arquitectura Interior, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía.

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Sánchez de León Herencia, en nombre y representación de “Laboratorio de Prótesis Dental Crown”, contra “Arquetipo Arquitectura Interior, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar íntegramente a la misma y, en su virtud, condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 40.630,76 euros, más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; todo ello con expresa condena en costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), el recurso se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) contados a partir del día siguiente de la notificación, haciéndole saber a la parte que deberá consignar como depósito de forma independiente la cantidad correspondiente al recurso que se interpondrá en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Y se ha dictado también auto de aclaración de la sentencia de fecha 8 de marzo de 2013:

«En los autos de juicio ordinario número 2.117 de 2010 y seguidos a instancias de “Laboratorio de Prótesis Dental Crown & Bridge”, representada por la procuradora señora Sánchez de León Herencia y asistida de letrado, contra “Arketipo Arquitectura Interior, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía.

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Sánchez de León Herencia, en nombre y representación de “Laboratorio de Prótesis Dental Crown & Bridge, Sociedad Limitada”, declaro haber lugar íntegramente y, en su virtud, condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 40.630,76 euros, más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; todo ello con expresa condena en costas a la demandada».

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Arquetipo Arquitectura Interior, Sociedad Limitada”, se extiende para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 22 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/3.265/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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