Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130514-106

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

EDICTO

106
Procedimiento ordinario 28 de 2012

En el presente procedimiento ordinario número 28 de 2012, seguido a instancias de doña María Castellón Ordás y don Julián Castellón Ordás, frente a don Julio Heras Maestro, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 35

En Madrid, a 19 de febrero de 2013.—La ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 28 de 2012, seguidos a instancias de la procuradora doña Silvia Albite Espinosa, en nombre y representación de doña María Castellón Ordás y don Julián Castellón Ordás, asistidos de letrada doña María Dolores Menéndez Ceño, contra don Julio Heras Maestro, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por la procuradora doña Silvia Albite Espinosa en nombre y representación de doña María Castellón Ordás y don Julián Castellón Ordás, contra don Julio Heras Maestro:

1. Declaro que la voluntad del testador don Julián García Moreno Cano, determinada en el testamento otorgado por él mismo en fecha 11 de julio de 1986 ante el notario de Madrid don José María Sánchez Pascual, bajo número 1.031 de los de su protocolo, y en relación al legado de don Julio Heras Maestro, es legar al mismo, la nuda propiedad del 50 por 100 del piso descrito en la escritura de división horizontal como bajo letra A, con la siguiente descripción: vivienda distinguida con la letra A en la planta baja del edificio señalado con el número 46 de la calle Daoiz y con el número 31 de la calle Sánchez Morate que hacen esquina, en el término de Getafe (Madrid), tiene su acceso por la calle Daoiz, ocupa una superficie construida aproximada de 81 metros y 54 decímetros cuadrados, distribuida en salón comedor, cocina, aseo, pasillo y dependencias destinadas a dormitorios. Linda según se entra en ella: por su frente, con pasillo del portal; por la derecha, con la calle de su situación; por la izquierda, con patio y vivienda letra B, y por el fondo, con casa número 44 de la calle Daoiz. Le corresponde un coeficiente de participación en los gastos, beneficios y elementos comunes del 6,56 por 100. Inscrita en el Registro de la propiedad número 1 de Getafe al tomo 1.480, libro 713, folio 188, finca 48.264.

2. Declaro que tras la entrega de los herederos de don Julián García Moreno Cano (con posterioridad al otorgamiento por estos de la escritura de aceptación y partición de la herencia de don Julián García Moreno) al legatario don Julio Heras Maestro de la posesión de la vivienda distinguida con la letra A en la planta baja del edificio señalado con el número 46 de la calle Daoiz, y con el número 31 de la calle Sánchez Morate, que hacen esquina, en el término de Getafe (Madrid), se declara realizada, por tanto, la entrega del legado y, por ello, aceptada la escritura de partición de herencia de don Julián García Moreno Cano de fecha 21 de diciembre de 1992, con la subsanación consistente en reconocer y aceptar que su legado es la nuda propiedad del 50 por 100 del piso descrito en la división horizontal practicada en la misma escritura bajo letra A.

3. Condeno al demandado al abono de las costas correspondientes al presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano judicial, un depósito de 50 euros.

Así por esta mi sentencia que se llevará testimonio íntegro a los autos originales, y definitivamente juzgando en primera instancia.

Lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Julio Heras Maestro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 16 de abril de 2013.—El secretario (firmado).

(02/3.132/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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