Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130509-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

OTROS ANUNCIOS

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Obras y Proyectos Garpí, S. A.

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo, de 22 de enero de 2013, a “Obras y Proyectos Garpí, Sociedad Anónima”, relativo a la presentación de certificado final de obras en calle Camilo José Cela, número 65, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que dice literalmente lo que sigue:

«Dada cuenta a mi autoridad de que por resolución de la Concejalía de Urbanismo de 21 de marzo de 2012, se requería a “Obras y Proyectos Garpí, Sociedad Anónima”, la presentación de certificado final de obra de impermeabilización y pavimentación en calle Camilo José Cela, número 65, condicionante impuesto a la licencia concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 12 de abril de 2011.

Teniendo en cuenta el informe emitido por los servicios técnicos municipales, en el que se pone de manifiesto que “Según información facilitada por el inspector de Obras de la zona, la obra está realizándose. Puede concederse un plazo de tres meses para la presentación de certificado requerido”.

En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución de la Alcaldía-Presidencia número 1945/2012, de 18 de julio, y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el 23 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento, vengo en disponer:

Primero.—Requerir a “Obras y Proyectos Garpí, Sociedad Anónima”, la presentación en el plazo de tres meses, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, de certificado final de obra de impermeabilización y pavimentación en calle Camilo José Cela, número 65, condicionante impuesto a la licencia concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 12 de abril de 2011. Con apercibimiento de que de no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ateniéndose el obligado a las responsabilidades, daños y perjuicios a que hubiere lugar.

Segundo.—Notificar la presente resolución a la interesada, con la prevención de los recursos que le asisten».

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes, siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 5 de abril de 2013.—La directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, por delegación del secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de 12 de septiembre de 2012 (firmado).

(02/2.899/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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