Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130509-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Procedimiento ordinario 22 de 2012

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 22 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carolina Ruiz Fabregar, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Outimed, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando como estimo la demanda presentada por doña Carolina Ruiz Fabregar, contra la empresa “Outimed, Sociedad Limitada”, hoy “Capital Barwickcorporate, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.693,62 euros de principal, más los intereses legales.

Que debo absolver y absuelvo a don José Luis Moreno Aparicio de las pretensiones planteadas en su día en su contra por la actora en virtud de desistimiento expreso de esta.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Outimed, Sociedad Limitada”, y a don José Luis Moreno Aparicio, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.907/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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