Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2013

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130509-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

50
Modificación delegaciones

Por el señor alcalde se ha dictado el siguiente decreto:

«Decreto.—En Getafe, a 16 de abril de 2013.

En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4.e) y k) y 124.5) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 4 y capítulo 1 del título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, dispongo:

Primero.—Modificar mi decreto de 17 de julio de 2012, modificado por decreto de 7 de septiembre y 17 y 23 de octubre de 2012 y 24 de enero de 2013, sobre estructura, organización y delegaciones en el siguiente sentido:

A) La Delegación de Educación y Cultura, conferida a don Pablo Martínez Martín pasa a denominarse Delegación de Educación, Cultura y Deportes

Comprende las unidades administrativas y departamentos y las siguientes facultades:

Educación, Servicio Educativo de Personas Adultas, Escuelas Infantiles Municipales, Casas de Niños, Escuela de Música “Maestro Gombau”, Archivo Municipal, Cultura, Biblioteca central y bibliotecas de barrio, Teatro Auditorio “Federico García Lorca”, Centro de Poesía y Deportes, delegándose en la misma las siguientes facultades:

1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.

3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.

4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.

5. La gestión de los ingresos relativos a las competencias que se delegan (tasas, precios públicos, transferencias corrientes y de capital y otros ingresos) sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos.

6. Coordinación de todas las actividades educativas de formación permanente, ocupacional y reglada de adultos, de infancia y adolescencia, que se realizan en el municipio.

7. Escolarización y Mesa de Escolarización permanente.

8. Coordinación entre la Escuela y el Municipio: entre los centros educativos, el Ayuntamiento y otras Administraciones.

9. Consejo Escolar Municipal de Educación y participación en todos los Consejos Escolares de los centros educativos.

10. Orientación y atención psicopedagógica.

11. Fijar la política educativa municipal mediante la elaboración del Plan Educativo Local.

12. Gestión y seguimiento del Plan de Absentismo Escolar.

13. Red de Ciudades Educadoras.

14. Plan de Actividades Extraescolares, actividades en períodos vacacionales y fines de semana.

15. Planificación y gestión de las actividades educativas, preventivas y de compensación.

16. Relaciones con la Universidad.

17. Gestión de relaciones con instituciones de carácter cultural.

18. Dirección y gestión de Museos municipales.

19. Formalización de los contratos de creación e interpretación artística y literaria o espectáculos.

20. Coordinar y gestionar la celebración de fiestas patronales, carnavales, Navidad y Reyes y demás de arraigo popular.

21. Solicitud y gestión de exposiciones.

22. Programación del Teatro “Federico García Lorca” y demás equipamientos culturales y concesión de autorizaciones del uso de los mismos.

23. Fijar la política deportiva municipal.

24. Gestionar las diferentes instalaciones deportivas municipales.

25. Planificar y gestionar las diferentes competiciones locales y otras actividades físicas y deportivas que se promuevan en el Ayuntamiento.

26. Llevar a cabo las relaciones municipales con el Getafe Club de Fútbol, y aquellos otros clubes que se consideren de interés para el desarrollo del deporte de alta competición en el municipio.

27. Elevar a la Junta de Gobierno Local, tras estudio de la Comisión creada al efecto, las propuestas de denominación de vías públicas, plazas, etcétera.

28. Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.

29. Reconocimiento de obligaciones derivadas de los contratos que le sean delegados.

30. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

B) La Delegación de Personal y Deportes, conferida a doña Carmen Plata Esteban, pasa a denominarse Delegación de Personal

Y comprende las unidades administrativas y departamento de Personal, Servicio de prevención de riesgos laborales y con las siguientes facultades:

1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.

3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los servicios y unidades administrativas contenidos en su Delegación.

4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.

5. La gestión de los ingresos relativos a las competencias que se delegan (tasas, precios públicos, transferencias corrientes y de capital y otros ingresos) sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos.

6. La jefatura directa del personal de la Corporación.

7. La programación y gestión de los Planes de Formación del personal municipal.

8. Mantener relaciones con las organizaciones sindicales.

9. Gestión de la prevención de riesgos laborales.

10. Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.

11. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que expidan por las unidades y departamentos que comprenden la delegación.

12. Reconocimiento de obligaciones derivadas de las autorizaciones y compromisos de gasto que le hayan sido delegadas.

Segundo.—El presente acuerdo entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los medios de comunicación municipales adecuados para asegurar su general conocimiento.

Lo manda y firma el alcalde en el lugar y fecha antes indicados, de todo lo cual, como jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno.—Doy fe».

Lo que le comunico a los efectos oportunos.

Getafe, a 16 de abril de 2013.—El jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, Jesús Molina de la Torre.

(03/13.380/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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