Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130504-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 7

EDICTO

95
Ejecución 276 de 2012

Doña Silvia Fuentes Guzmán, secretaria del Juzgado de lo social número 7 de Alicante.

Notifica: En la ejecución número 276 de 2012 y acumulada número 36 de 2013, autos números 808 de 2010 y 47 de 2011, seguidos en este Juzgado a instancias de don Fernando Menaches Puig, don Juan Fuentes Bernabéu, don Adán Acampora Tomás, don Joaquín Martínez Gómez y doña Marta Muñoz de Gracia, frente a “Cast Crew, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución que en lo necesario dice así:

Decreto número 144

Secretaria judicial, doña Silvia Fuentes Guzmán.—En Alicante, a 2 de abril de 2013.

Acuerdo: Declarar insolvente provisional a la ejecutada “Cast Crew, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 1.566,12 euros de principal, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal y costas está obligada a satisfacer.

De conformidad con lo establecido en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, anótese la declaración de insolvencia decretada en el registro correspondiente una vez adquiera firmeza la presente resolución.

Verificado, archívense las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de revisión en el plazo de tres días, ante este Juzgado, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respeto a la resolución recurrida y con los requisitos establecidos en el artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de trabajador, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, funcionario o personal estatutario en su actuación ante este orden jurisdiccional como empleados públicos, la previa consignación de 25 euros en al “Cuenta de depósitos y consignaciones” en “Banesto”, número 0122/0000/64/000276/2012, no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no se encuentre constituido.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—Ante mí (siguen firmas).

Y para que sirva de notificación en forma a la empresa demandada “Cast Crew, Sociedad Limitada”, actualmente en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Alicante, a 2 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.812/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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