Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
02-05-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130502-5

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

5
Orden ejecución subsidiaria expediente restablecimiento legalidad

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El Director General de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 18 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2010/24155, de las obras consistentes en “Demolición de ampliación de 5 ´ 3 metros en azotea”, realizadas por I. T. N., con NIF 50173216-G, en la calle de Cáceres, número 39, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (6.047,58 euros, IVA incluido.

— El Director General de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 18 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2011/24262, de las obras consistentes en “Levantamiento de las instalaciones existentes en las ampliaciones”, realizadas por M. L. O., con NIF 50390067-B, en la calle de Luis Sánchez Polack Tip, número 5, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (16.727,04 euros, IVA incluido).

— El Director General de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 12 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2012/11925, de las obras consistentes en “Demolición de construcción en patio”, realizadas por JF. T. G., con NIF 51013424-E, en la calle de Uceda, número 32, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (5.598,53 euros, IVA incluido).

— El Director General de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 6 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2011/15484, de las obras consistentes en “Demolición de implantación de recinto de vividero en terraza”, realizadas por P. O. S., con NIF 50809836-F, en la calle de Ariel, número 4C, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (16.262,40 euros, IVA incluido).

— El Director General de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 15 de febrero de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la ejecución subsidiaria del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2012/459, de las obras consistentes en: “Se encuentra en ejecución obras que exceden de lo ordenado y dictaminado por la CPPHAN, ya que se ha procedido al desmontado y sustitución de la estructura de madera de la cubierta, ocupando el espacio bajo la misma y elevando aparentemente la cota del alero prolongando la coronación del muro de fachada. También se ha construido un nuevo forjado de techo de la planta primera, con viguetas de madera y vigas de perfiles de acero, se está construyendo un nuevo núcleo húmedo en el espacio bajo cubierta. Asimismo, en plantas baja y primera se ha demolido la tabiquería, y los núcleos de planta baja, estándose construyendo una tabiquería, incorporando otro nuevo núcleo húmedo en planta primera, y rehaciéndose los núcleos húmedos de planta baja”, realizadas por “Thai Restaurant Consultant, Sociedad Anónima”, con CIF A-81218125, en la calle del Pinarillo, número 10, requiriendo el ingreso cautelar del presupuesto estimado de las mismas (32.397,75 euros, IVA incluido).

Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la coordinadora general del Área de Urbanismo.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber sido infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello, de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de ejecución subsidiaria podrá ser consultado por el interesado, en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Ribera del Sena, número 21.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo.

Madrid, a 15 de abril de 2013.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/1.088/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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