Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
01-05-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130501-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

89
Procedimiento 434 de 2012

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 434 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Gómez García, frente a “Activa Mutua 2008”, Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social a Prima Fija, “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, don Juan Jurado de Ortega, Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la falta de legitimación pasiva opuesta la Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, y estimando la demanda de don José Luis Gómez García, condeno solidariamente a “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, a “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, y a la mutua “Activa Mutua 2008” a que le abonen el 75 por 100 de la base reguladora de 1.436,54 euros en concepto de prestaciones de incapacidad transitoria por el período comprendido entre el 1 de mayo de 2010 y el 11 de noviembre de 2010, ambos inclusive, debiendo la mutua anticipar la prestación, sin perjuicio de las acciones que le correspondan frente al empresario incumplidor, absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, a la Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, y al Fondo de Garantía Salarial de cuantas peticiones se deducían en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente, por comparecencia o mediante escrito, ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Debiendo el que no esté eximido legalmente haber acreditado al tiempo de anunciar el recurso el ingreso de la suma de 300 euros en la cuenta número 2708/0000/65/0434/12 en la oficina de “Banesto”, en la calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado número 38, así como haber ingresado en el período hasta la formalización del recurso en la indicada cuenta, el importe de la condena, que se deberá acreditar mediante la presentación del justificante de ingreso o bien mediante la formalización y aportación al Juzgado de aval bancario en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista. En todo el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Con el escrito de interposición del recurso deberá acompañarse, por todo aquel que no gozara de las exenciones previstas en el artículo 4 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, el justificante de haber ingresado la tasa establecida en dicha Ley, que deberá efectuarse por autoliquidación en el modelo oficial 696, debidamente validado en la forma prevista en la orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, y “Sanatorio del Valle, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.240/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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