Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2013

Sección 4.180.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130429-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PAZ DE GUADARRAMA

EDICTO

217
Juicio de faltas 11 de 2011

Se hace saber que en este Juzgado se sigue juicio de faltas con el número 11 de 2011 por vejaciones habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Guadarrama, a 26 de septiembre de 2011.—Vistos por don Luis Hernández Contreras, juez de paz de Guadarrama (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas con el número 11 de 2011, seguidos por denuncia de don Feliciano Gómez Gómez, frente a doña Sonia Isdina Romero Hidalgo y doña Evelyn Elizabeth Romero, por falta de coacciones/vejaciones, sin intervención del ministerio fiscal, ha dictado en nombre de Su Majestad el rey, la presente resolución.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Sonia Isdina Romero Hidalgo y doña Evelyn Elizabeth Romero, como autoras cada una de una falta de vejaciones, a la pena, a cada una de ellas, de diez días de multa con cuota diaria de 6 euros, quedando sujeto, si no la satisfacen voluntariamente o por vía de apremio a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguiente a su notificación, por escrito y en la forma prevenida en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Elevyn Elizabeth Romero Salazar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente, en Guadarrama, a 22 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/11.145/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.180.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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