Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130429-205

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 2

EDICTO

205
Ejecución 360 de 2012

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 360 de 2012, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Domingo Basalo González, contra “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, en la que con fecha 30 de noviembre de 2012 se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente:

Resuelvo: Decreto el embargo de los saldos que existan en cada momento en las cuentas corrientes, depósitos y libretas de ahorro que la ejecutada “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, tenga abiertas en las entidades “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Bankia”, “Banco Santander” y “Unicaja”. Igualmente, decreto el embargo de las cantidades que la ejecutada tenga pendientes de percibir por cualquier concepto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en cuantía suficiente a cubrir la suma del principal reclamado, 822,54 euros, más 170 euros presupuestados para intereses y costas.

Líbrense los correspondientes oficios para que las referidas entidades hagan efectivo el saldo positivo que exista en cada momento, debiendo transferir dicho importe en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, de esta ciudad, código entidad 0030, código oficina 4130, bajo el número 1920/0000/64/0360/12 de cuenta/expediente.

Y para que sirva de notificación en forma a “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Huelva, a 30 de noviembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.958/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130429-205