Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130424-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Ejecución 182 de 2012

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 182 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Rodríguez Miguel, don Antonio Muñoz Ocaña, don Constantino Corrales Cáceres, don Daniel Arroyo Budía, don Fernando García Leal, don José Ángel Ocaña Sánchez, don Marcos Niño Benito y don Pedro Roberto Recio Herranz, frente a “Ar Unimansur, Sociedad Limitada”, y “Uniclima, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 56.538,08 euros de principal, se declara la insolvencia provisional parcial de las ejecutadas “Ar Unimansur, Sociedad Limitada”, y “Uniclima, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ar Unimansur, Sociedad Limitada”, y “Uniclima, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.348/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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