Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
23-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130423-204

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

204
Procedimiento 443 de 2012

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 443 de 2012, promovido por doña Nidia Bonilla Forero, sobre despido.

Empresa y persona que se cita: “Izotza Lekua, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada en dicho juicio y doña Yolanda Ferrando Córcoles en calidad de apoderada.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Izotza Lekua, Sociedad Limitada”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 8.2, el día 2 de julio de 2013, a las diez horas y dos minutos.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Acta

En Madrid, a 2 de abril de 2013.—Ante el ilustrísimo magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 24, con asistencia de la secretaria judicial doña Marta Menárguez Salomón, comparecen: como demandantes; doña Nidia Bonilla Forero, documento nacional de identidad número X-9904413-S, asistida de letrado don José F. Barandarián, con carné número 21.441; como demandada, “Izotza Lekua, Sociedad Limitada”, doña Begoña de Lucas Arenales, comparece en calidad de administradora concursal de la empresa demandada. No ha comparecido “Izotza Lekua, Sociedad Limitada”, al acto señalado para hoy y no consta su citación. Comparece a la testigo doña Luz Angélica Viracacha Infante, con documento nacional de identidad número X-9904390-S.

Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día de hoy, se acuerda señalar nuevamente para el día 2 de julio de 2013, a las diez horas y dos minutos.

Cítese a doña Yolanda Ferrando Córcoles, en calidad de apoderada en los siguientes domicilios:

Calle Muntaner, número 70-72 (esquina calle Aragón), Barcelona.

Calle Ramón Mas número 33, San Cugat del Vallés, Barcelona.

Calle Fuencarral, número 49, Madrid.

Mediante correo ordinario, exhorto al Juzgado de Barcelona y Servicio Común de Notificaciones y Embargos.

Cítese a la empresa y a doña Yolanda Ferrando Córcoles mediante la publicación de edictos a fin de que comparezcan el día 2 de julio de 2013, a las diez horas y dos minutos.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial.

Dándose por notificadas y citadas las partes comparecientes y la testigo del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

La empresa citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 2 de abril de 2013.—La secretaria judicial, Marta Menárguez Salomón.

(03/11.647/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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