Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
23-04-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130423-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

85
Procedimiento 940 de 2009

Don Joaquín Sampedro Escolar, secretario de la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que en el recurso contencioso-administrativo que se tramita en esta Sección bajo el número 940 de 2009, interpuesto por “France Telecom, Sociedad Anónima”, contra resolución del Ayuntamiento de Humanes, sobre ordenanza fiscal publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 136, de fecha 10 de junio de 2009, se ha acordado publicar el fallo de la sentencia dictada con el número 1.299 que es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador de los tribunales don Roberto Alonso Verdú, en nombre y en representación de la entidad “France Telecom, Sociedad Anónima” (en adelante, “Orange”), contra la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local del Ayuntamiento de Humanes (Madrid) y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 136, del día 10 de junio de 2009, debemos anular y anulamos la ordenanza fiscal citada en los preceptos impugnados por no ser conforme a derecho.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a la recurrente, cuyo domicilio se desconoce, y su publicación en el tablón de anuncios del tribunal, expido la presente que firmo.

En Madrid, a 15 de marzo de 2013.—El secretario (firmado).

(03/10.195/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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