Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130419-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

90
Procedimiento ordinario 1.312 de 2011

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio ordinario número 1.312 de 2011, a instancias de doña Lorena Domingo Sánchez y don Diego Campos Polo, representado por el procurador don Antonio García Martínez, contra “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”, y “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y ante el ignorado domicilio de las demandadas, se Ha acordado librar el presente a fin de notificar a las mismas la sentencia de fecha 7 de marzo de 2013, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña María Lorena Domingo Sánchez y don Diego Campos Polos, contra “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”;

1.o Declaro la nulidad del contrato de compraventa celebrado entre los actores y “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, el día 21 de octubre de 2007 y condeno a esta a restituir a los actores el importe íntegro de la misma de 18.059,23 euros.

2.o Declaro la nulidad del contrato de préstamo personal número 0019/0472/94/ 0830201202 celebrado entre los actores, y “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”, el día 15 de noviembre de 2007, condenando a tal demandada al reintegro de las sumas recibidas, recíproco para ambos contratantes.

3.o Liquidando el reintegro del citado préstamo, condeno a “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”, a abonar a doña María Lorena Domingo Sánchez y don Diego Campos Polo la cantidad de 15.445,16 euros como suma líquida a fecha de 15 de septiembre de 2011, sin perjuicio de la liquidación en ejecución de sentencia de las sumas que los actores hayan abonado con posterioridad.

4.o Declaro solidaria la responsabilidad respecto del pago de la suma de 18.059,23 euros frente a los actores, a cuyo pago solidario condeno a ambas demandadas, sin que proceda el cobro por los actores de forma acumulada.

5.o Con imposición a ambas demandadas de las costas de esta instancia, de las que responden solidariamente frente a la parte actora.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio se ignora, al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Y para su publicación en el tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 7 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/2.548/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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