Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130418-248

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

EDICTO

248
Social ordinario 570 de 2010

Doña Patricia de la Fuente Bustillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 570 de 2010, a instancias de la parte actora don José Luis Coca Ortiz, contra “Pizzería Plaza Mayor 26, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 29 de junio de 2012 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don José Luis Coca Ortiz, frente a la entidad “Pizzería Plaza Mayor 26, Sociedad Limitada”, (“Telepizza”), sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 944,52 euros, más el interés moratorio del 10 por 100 sobre los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La extiendo yo, la secretaria, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la magistrada-juez de lo social que la dictó celebrando audiencia pública.—Reitero fe.

Parte dispositiva:

Dispongo:

1. Estimar la solicitud presentada por la parte actora de aclarar la sentencia de fecha 11 de octubre de 2012 en el sentido que se indica a continuación:

«Fallo

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don José Luis Coca Ortiz, frente a la entidad “Pizzería Plaza Mayor 26, Sociedad Limitada”, (“Telepizza”), sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 994,52 euros, más el interés moratorio del 10 por 10 sobre los conceptos salariales.»

2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Victoria Gallego Funes, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Pizzería Plaza Mayor 26, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 8 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.690/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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