Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130418-147

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Despidos/ceses en general 581 de 2012

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 581 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego de Mazarredo Pamplo, frente a don Aitor Pérez Amo, don Alberto Gómez Revenga, don Alberto Miragaya Ramírez de Gamboa, don Alejandro Morlans Vidal, don Álvaro García Margallo Gomendio, don Antonio Medina Domínguez, don Carlos Caamaño Ruiz, don Carlos María Krauel Bidwell Pérez Bryan, don Daniel Soto Bernad, don David Fontanillo Castaño, don David Sanz Fernández, don Edmundo Martínez Marco, don Eduardo Blanco García, don Fausto Camareno Barbero, don Francisco de Paula Moreno Marín, don Francisco Javier Elizalde Heredia, don Francisco Javier Gámez Llabres, don Jaume Artur Mayol King, don Javier Martínez Moriano, don Jesús Carro Funes, don Jesús María Rodríguez González, don Jorge Manchón González Estefani, don José Antonio Jerónimo Calvente, don José Carlos Molina Cano, don José Diego Fagundo Espina, don Juan José de Zaballa Martínez, don Lander Benito Otero, don Manuel Aparici Robles, don Mario Hidalgo Yenes, don Neil Viqueira Rey, don Óscar González Hernández, don Pablo Cubillos Rodríguez, don Rafael Muñoz Delmas, don Rubén Trashorras Hernández, “Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal”, y ministerio fiscal, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 27 de febrero de 2013.

Parte dispositiva:

Procede estimar el recurso de reposición interpuesto por la empresa “Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra el decreto dictado en el presente procedimiento el día 25 de junio de 2012, y en su virtud, acordar la revocación del mismo, procediendo declarar la falta de competencia funcional de este Juzgado de lo social número 11 de Madrid, para conocer respecto de la reclamación planteada por don Diego de Mazarredo Pamplo, contra la citada empresa “Air Europa Líneas Aéreas, Sociedad Anónima Unipersonal”, y otros 34 demandados, en reclamación por despido colectivo objetivo nulo y subsidiariamente improcedente, por ser competente la Sala de lo social de la Audiencia Nacional, procediendo en consecuencia acordar el archivo de las presentes actuaciones, una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2509/0000/00/0581/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Carlos Molina Cano, don Rafael Muñoz Delmas, don Neil Viqueira Rey y don Pablo Cubillos Rodríguez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.442/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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